Algunas entidades financieras habían empezado a devolver los intereses cobrados en exceso a los clientes a los que habían aplicado cláusulas suelo, tras la sentencia del Tribunal Supremo de 9 de mayo de 2013. Esta medida puede tener repercusiones en el IRPF para los afectados.
En este sentido, la Dirección General de Tributos, en distintas consultas vinculantes, mantiene que la devolución de los intereses excesivos no supondrá rendimiento o ganancia en el IRPF del contribuyente. No obstante, la propia Dirección de Tributos indica que tiene repercusión la devolución de intereses excesivos en el IRPF de los contribuyentes.
Por tanto, la declaración de nulidad tiene una cara menos amable y es que supone laobligación del contribuyente de regularizar sus deducciones por inversión en vivienda - si es que el préstamo sirvió para financiarla-. De ese modo, en la medida en que tales cantidades hubieran formado parte de la base de la deducción por inversión en vivienda habitual practicada en sus declaraciones por el IRPF anteriores, perdería el derecho a practicar la deducción en relación con las mismas, lo que le obligará a regularizar su situación tributaria conforme lo dispuesto en el art. 59 RD 439/2007 (Ley IRPF), añadiendo las cantidades indebidamente deducidas por tal motivo a las cuotas líquidas devengadas en el ejercicio en cuestión, más los correspondientes intereses de demora.
Por otro lado, la Dirección General de Tributos ha admitido que los gastos incurridos para eliminar la cláusula suelo forman parte, en su caso, de la base de la deducción por inversión en vivienda habitual.
¿Qué debe hacer el contribuyente para regularizar sus declaraciones del IRPF?
El contribuyente deberá presentar declaraciones complementarias del IRPF para regularizar la situación.